Algo incompatible, también pudiéramos denominarlo confuso, se
ha movido en torno a la reforma del reglamento de la Ley de Asturias de la
Caza. El discurso de que consta este borrador, antes de su puesta en escena, no
parece haya tenido, a tenor de las críticas quejadumbrosas suscitadas, el eco consensuado como imperativo
que se necesitaba entre las partes, cuajando en desavenencias y en un rechazo
de la propuesta institucional desde sectores que buscan mejorar su espacio
vital (la caza es uno de ellos). Son aspectos de una negociación, cuya otra versión, que
pudiera elevarse a definitiva en sus conclusiones, de no haber cambios
sustanciales que lo impidan; transmitida a la opinión pública desde la
Consejería del ramo en formato distinto, sosteniendo la viabilidad y solvencia
del proyecto que se pretende aprobar.
En cuanto a todo lo
que se refiere sobre la citada norma, origen de las desavenencias denunciadas, algunos matices serán necesarios ser tenidos
en cuenta. Parece que el visto bueno concedido por la administración a este
borrador ha cogido por sorpresa a más de uno. A estas alturas, cuando la suerte
está echada, resulta llamativa la actitud discordante con el resultado final
del procedimiento en lo referente a su texto legal último mostrada por los representantes de la caza (delegación
asociaciones regionales de caza y F. Asturiana de Caza) en la comisión
específica mencionada, compuesta por miembros que integran el Consejo Regional
de la Caza, promovida desde la dirección general de Recursos Naturales de la
Consejería de Agro-ganadería para acometer modificaciones en el articulado
de un reglamento llamado a regular la
actividad cinegética asturiana, adaptando su actividad a tiempo real como
amparo de su futuro y que con tantas ínfulas ha venido a ser cuestionado en
parte de su literalidad.
Habrá que preguntarse, en lo referido a los delegados de la
caza en esa comisión, resulta obvio
hacerlo, por los motivos que han tenido para no haber sido con anterioridad más
profusos en expresar acontecimientos, que se iban sucediendo durante el transcurso
de las negociaciones. Eran conocedores
del estado de desventaja con que partían (2 votos de 7; así se ha dicho) Por
tanto, con este negativo bagaje que debemos entender fue aceptado
incomprensiblemente; si así fuese, partían las mínimas garantías de hacer valer los derechos de los cazadores
y sus instituciones. Será muy conveniente, por saludable, que estos señores
(los de la caza) se expliquen rotundamente, con información veraz, sobre su concurso en los trabajos de
redacción de la norma que nos ocupa. En el aura de las interpretaciones caben
muchas interrogantes, que no son laudables precisamente. Afectan a la
credibilidad.
Había cierta expectación sobre las consecuencias que traería
para la caza asturiana una modificación de estas características. Hemos
carecido de respuestas fidedignas por quien debiera haberlas hecho; no nos han
advertido, como hubiese sido su deber, del rumbo que adquiría la constitución
de la norma objeto de debate. Presagios inconfundibles de lo que ha supuesto
una descaminada praxis. Ante este fracaso anunciado, alguien debería ser
responsable y actuar en consecuencia. La caza necesita de aire fresco, de gente joven de renovadas ideas
y sin fijaciones personales que
entorpezcan las relaciones.
Rasgarse las vestiduras en este tiempo, a destiempo, fuera
prácticamente de plazo, cuando escasas alternativas de reconducir el proceso
quedan, salvo judicializar la causa que dicen defender, como amenaza y reducto
defensivo, argumentando prevaricación de la administración regional; una metodología que pueda servir para intentar salvaguardar
conciencias, pero que no convence a nadie. Un “pataleo” como “brindis al sol,
de difícil solución, si la consejería, una vez tomada la delantera, bien
posicionada en el terreno de juego, con peones estratégicos conveniente
situados, se empeña en salir adelante con lo suyo. A favor del organismo juegan
factores legales decisivos que lo facultan y autorizan.