Cazar en Asturias es distinto en las formas. A diferencia de otros territorios del Estado, la caza social en el Principado se ha convertido en una tradición. Mantener o enmendar este singular procedimiento, pionero en su implantación, será cuestión de voluntad política. Un estatus vigente para esta práctica, de acentuada naturaleza corporativista, afianzado en orden a un sistema legislativo excepcional. La Ley de Asturias de la Caza de 6 de Junio de 1989, ha sido durante un largo periodo de tiempo garantía, sin paliativos, en la defensa de un régimen de igualdad de oportunidades para todos los cazadores
No obstante el arraigo de este convencionalismo y su hondo calado entre los aficionados a este singular ejercicio, se tiene la perspectiva de poder augurarle serias dificultades para su continuidad. Es verdad que la función cinegética en nuestra Comunidad se encuentra necesitada de reformas, no tanto en lo que atañe a su concepción y desarrollo, como en los aspectos generales que dependan de su estado financiero y de gestión. Cualquier alternativa que en este sentido u otro que se ofrezca y se pretenda establecer desde los órganos de gobierno, es de esperar, de una vez por todas, definitivamente, se haga dentro de los cauces de concordia, sin imposiciones ni hechos consumados, donde prime el dialogo constructivo, con sintonía y acercamiento entre los grupos involucrados y la necesaria sensibilidad hacia la comprensión de un sector que presenta serias e importantes grietas en la solidez de sus pilares fundamentales que amenazan derribo en parte sustancial de sus estructuras orgánicas.
Por tales motivos, razones harto suficientes, tienen que ser ponderados desde la administración regional los intereses de un sector que se encuentra en precario, avocado a una involución profunda (los síntomas de abandono empieza a ser preocupantes) que ha recortado de forma sustancial su dinamismo y que no apoyarlo en la medida que se requiere, trasladaría pérdida de competitividad por lo que supone la caza para el mundo rural y otros factores industriales, turísticos, etc.
Existe preocupación, incertidumbre y recelo en el colectivo venatorio asturiano (las experiencias vividas nos avalan) ante las dudas que suscita la orientación que se le pueda dar a una posible futura nueva Ley de Caza y al contenido de su Reglamento. La sostenibilidad del modelo actual, el mantenimiento de una costumbre, como es la caza social convertida ya en tradicional, generadora igualmente de riqueza, en este sentido nada desmerecedora de aquellas otras artes deportivas que se celebran dentro de la naturaleza, relacionadas con el ocio y el tiempo libre, hasta ahora protegidas y subvencionadas en cantidad y calidad de forma muy diferente a la caza en Asturias, abandonada a su suerte, no debiera darse nunca por concluida; ampararlo requerirá de medidas oportunas por necesarias, para evitar que entren en juego agentes económicos pujantes que releguen a los cazadores de un poder adquisitivo menos fuerte, en evitación de que la caza vuelva a constituirse otra vez en un privilegio.
Por otra parte, es de esperar que planteamientos ideológicos doctrinarios de perfil conservacionista instalados en las antípodas de la actividad cinegética, de la que tan críticos son, conocidos desde antaño sus antecedentes por sus trabajos en nuestra administración regional, de escaso compromiso y de significado criterio contrario al ejercicio racional de la caza, no se les otorgue de nuevo, desde el ejecutivo, confianza, poder y capacidad de decisión en la nueva etapa política recién inaugurada, que tenga incidencia especial y determinante sobre el ordenamiento y gestión cinegética, que puedan frustrar la esperanza la voluntad y el deseo de un gremio, como es el de los cazadores, de seguir disfrutando de un estado tan sumamente participativo, resultado de un trabajo ímprobo e intenso, nada reconocido desde instancias oficiales, en beneficio de nuestra fauna silvestre autóctona, llevado a cabo con éxito, contra viento y marea, por numerosas sociedades locales de caza asturianas.
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