ARTICULO PUBLICADO EN EL DIARIO ASTURIANO "LA NUEVA ESPAÑA", EL 18 DE ABRILDE 1918. (POR E. BROS)
Sobre este marco social de tan señalada y generosa actitud, tiene
que forzosamente marchar el futuro de la caza en Asturias. Después podrá haber
otras cosas. La actual Ley de Asturias de la Caza tan sumamente acreditada por
lo ejemplar de su función en las prestaciones,
de forma fundamental al cazador de menor poder adquisitivo, la inmensa
mayoría, cumple años: data de 1989. Parece
que, en estos momentos hay prisas en descomponerla; reclaman cambios
significativos en su testo legal, con objeto de adaptarla a lo que aseguran son conceptos innovadores que
le otorguen una mejor y eficaz versión.
Las voces que se alzan desde ciertos sectores, como exponente
de un estado de opinión que pretende abrir un proceso regulador de la actual ley en aspectos concretos de la
misma, no termina aquí, sino que también
algunos van más allá, sintetizando su voluntad política para con la caza
asturiana en la necesidad de derogar la vigente norma y proceder a la
constitución de un nuevo régimen legislativo en orden al modelo de su tiempo.
Una posible cristalización de un proyecto de tan señaladas características,
dependerá de factores determinantes que tienen un elevado componente de
complejidad.
Desde la visión que se tiene por las organizaciones
cinegéticas no es cuestión de que haya posiciones irreductibles, pero sí que
quede debidamente garantizada la continuidad de los actuales derechos derivados
de la igualdad de oportunidades para todos los cazadores asturianos. Cualquier
opción que se tome, no debe servir para un empobrecimiento de su estado
participativo.