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Blog de Caza
01 de Julio, 2014    General

NO ES VERDAD QUE LA LICENCIA DE CAZA UNICA......



La licencia de caza única, valida en principio, para cazar en Castilla La Mancha, Madrid, Extremadura; y posiblemente en la comunidad asturiana, así como otras,  en espera de sumarse al recién iniciado proyecto de carácter global  que dé vía libre al acceso a este documento;  en lo concerniente a esta autonomía, no será, estimo yo,  sinónimo de una mayor presencia de aficionados de otras regiones en nuestras reservas de caza, y en otras áreas a efectos venatorios (cotos regionales)  tal y como se asegura en una campaña implacable de descredito hacia la actividad cinegética, alentada desde ciertos sectores ecologistas en búsqueda constante de hallar  una  ceremonia de  confusión; origen cierto, según auguran, de una excesiva perdida de este patrimonio natural que son las especies cinegéticas, ante un efecto llamada de cazadores venidos de otras provincias que harían de nuestros excelentes territorios  de caza su panacea al libre albredrío de sus intereses.

Nada de las inculpaciones en relación a esta supuesta causa que se esgrime ficticiamente desde una idea preconcebida, según se desprende,  repleta de aprensión e ignorancia hacia y sobre el buen adiestramiento  que supone la caza para el conjunto de la ciudadanía, pueden ponerse en valor crediticio salvo la excepción referenciada a las fauna asturiana, representada especialmente por el venado, corzo, jabalíes; autenticas fuentes proteínicas que calman la voracidad del lobo, contribuyendo a la consolidación eficaz de este feroz cánido (eso que nos deben a los cazadores astures) en su  exitosa demografía en el paisaje asturiano en detrimento de las posibilidades que pudieran tener los cazadores de esta tierra, auténticos sostenedores de una riqueza patrimonio cinegético sin igual.

Se debe  decir para conocimiento general  en aras de que la verdad brille y de esplendor a una realidad objetiva que, por muchos aficionados foráneos a la caza que para el futuro puedan estar facultados para desarrollar este ejercicio deportivo dentro del espacio geográfico asturiano, no se traducirá en la creación de una mayor adjudicación de permisos de caza mayor, ya no solo en las reservas regionales, sino que también en los denominados cotos regionales. Ello obedece a un plan de gestión y ordenamiento derivados de los sucesivos Planes Técnicos de Caza,  cada cinco o diez años, y aquel otro  referido al Plan Anual de Aprovechamiento de estos recursos naturales, elaborados por las distintas adjudicatarias de cotos de caza, requisito obligado a  requerimiento de la Consejería,  una vez comprobados y establecidos censos reales, por lo que tienen que forzosamente regirse todas las instituciones y organizaciones en relación a cupos de extracción.

 Quiere decirse, sin duda, que las especies cinegéticas, son las que son y están.  Por tanto sometidas a control en base a criterios de sostenibilidad y fomento, por lo que se concederán autorizaciones dependiendo siempre del volumen total de población en número de individuos de las distintas especies. Para nada tiene significado positivo atender una excesiva demanda, si la oferta se establece sobre un nivel poblacional  que por mor de una  negligencia sufra de retroceso, consecuencia directa de una explotación improcedente.

La licencia uni-provincial que se implantará no será motivo de una deflagración cinegética en Asturias, porque no habrá lugar a que produzca  una debacle en la naturaleza de estas características, a pesar de entusiastas catastrofistas del futuro  tan sumamente identificados. Cazar aquí, en cualquiera de nuestras Reservas Regionales, es caro; no apto para bolsillos endebles,  con el añadido excepcional de una carencia de excelsos trofeos, razones suficientes que pudieran ser la punta de lanza que aminore una significativa afluencia de solicitudes para estos fines.

No obstante cazar en este pequeño país que es Asturias, situado al norte de la Península Ibérica, a orillas del Mar Cantábrico, coronado de altas cumbres rocosas y de frondosa vegetación, hábitats y refugios excepcionales para los animales silvestres, siempre es objeto de apetencia por numerosos aficionados, versados  de las múltiples alternativas monteras y de toda índole de la que pueden disponer. En los registros de los organismos oficiales constan, desde hace años, datos de  haber recibido cuantiosas instancias provenientes de distintas autonomías para su inclusión en los distintos sorteos que anualmente celebra la Consejería, en previsión de que puedan ser uno de los agraciados con derecho a disfrutar de un rececho en cualesquiera de las Reservas que administra el Gobierno del Principado de Asturias. No hubo lugar por parte del Principado a la atención de todas aquellas peticiones, porque las expectativas de ser favorecidos con la suerte en los sorteos, sobrepasaban con mucho las posibilidades ofertadas; cuestión que evidencia la imposibilidad de actuar desproporcionadamente, tal y como anuncian sucederá, caso de otorgar validez al documento único que ha de llegar.

 Dispone Asturias de una subespecie singular, típicamente representativa de la fauna cinegética de la alta montaña como es el rebeco, inquieto y ágil animal repartido por la cordillera Cantábrica y sus estribaciones; la menor de las diez variantes que existen en el mundo, cuyas características principales se muestran en el menor tamaño de sus cuernos en contraste con el sarrio del Pirineo, que  a su vez es variante del rebeco de los Alpes. Una pieza que, basada en la diferencia de su peculiar morfología, pueda atraer (de hecho lo hace) en algún momento a ciertos especialistas centrados en coleccionar piezas exóticas que aún le falta por añadir a sus conquistas, más que la calidad de un trofeo propiamente dicho. Son los menos e intranscendentes en la globalidad de las estadísticas. Los más quedan localizados en las formas satisfactorias de abatir un rebeco cantábrico en la modalidad de rececho; un buen ejemplar de venado en la berrea; un meritorio corzo o un apreciable gamo en la Reserva del Sueve.

Que no vendrán más cazadores de los que vienen y que la actividad  no aumentará es lo que previsiblemente ocurra, si la densidad y diversidad se mantienen en los mismos parámetros en número de ejemplares que se muestran en la actualidad. Si hubiese modificaciones que facultasen introducir una alteración cuantitativa se expedirían autorizaciones, es de suponer, en cantidad que no interfiera y perjudique un normal desarrollo y crecimiento de este tipo de fauna.

La caza en Asturias se encuentra vertebrada bajo los auspicios de una Ley en espera de ser mejorada y el Reglamento que la regula. La caza del jabalí, representa ser el ALMA MATER del movimiento asociacionista cinegético asturiano, el cual gira mayoritariamente en torno  al dinamismo que proporciona el expansionismo de este cerdo salvaje.  En ese contexto integrador carece de relieve, por insignificante, el estado participativo de personas llegadas desde otros puntos del país e incluso del extranjero.

Por tanto, lo que se ha dicho, de cuyo contenido he hecho un  relato parcial, no obstante significativo y suficiente de las verdaderas intenciones maniqueas de quien así se ha pronunciado, cabe denunciar la falta de nociones que tiene el autor sobre la utilidad última de la licencia de caza, creada ex profeso para facilitar trámites y reducir gastos de expedición a los cazadores como usuarios.

 

 

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publicado por eduardobros a las 04:45 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
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