
Peña el Viento, lugar de Rebecos y Monte Redes, en otro tiempo colonizado por el Urogallo. (Fotografia de E. Bros. no autorizada. su publicación)
Si
nada ha cambiado (resulta importante subrayarlo, por aquello de nunca se sabe..), son aspectos
fundamentales que determinan las condiciones dispuestas para
adjudicar a sociedades de cazadores legalmente constituidas, la
gestión de un coto regional de caza en Asturias. Una medida
recogida en la norma, que actúa como factor integro de la caza
tradicional que se practica en el Principado, puesto que con el
cumplimiento exacto de estas obligaciones no habrá lugar a la
creación y desarrollo de otras alternativas proclives al cultivo y practicas de
tendencias exclusivistas.
Resulta
interesante destacar el sentido social con que se perciben todas las
cuestiones relacionadas con la caza en el Principado, tal como hoy la
entendemos. Es una realidad que la actual Ley de Asturias de la Caza, es el hecho diferencial que la distingue. Ninguna de las 17 leyes de caza que hay en
España (una por Comunidad), alcanza la notoriedad social que
encumbra a esta veterana Ley, que data de 1989. A diferencia de lo
que sucede en el Principado, donde solamente quedan 45 cotos sociales
de caza en las condiciones prescritas, de 60 censados no hace mucho,
se puede observar en el resto del territorio español miles de
fincas (200 o 300, hectáreas) constituidas en cotos de caza privados gestionados
por particulares o entidades comerciales.
.Modificar
la actual Ley de Asturias de la Caza, haciendo caso omiso del coste
real que supondría para la caza social asturiana eliminar o reducir
la barrera de los 100 socios y 3.000 hectáreas, estaríamos ante una
acción poco prudente y nada razonable, porque los potenciales
efectos de su entrada en vigor representan un peligro serio de
desmantelamiento del soporte que significa el principio de igualdad
de oportunidades para todos los cazadores de esta región. Y eso es
lo que se pueda perder.
No
obstante no se debe obviar el actual estado de las cosas en cuanto se
refiere a la expedición de licencias de caza en nuestra
Comunidad, consecuencia directa de haber sufrido el sector, por
diversas causas, una merma considerable de efectivos. Es muy posible
que, ante este proceso decadente, haya que replantearse, desde la
objetividad, la conveniencia de mantener el sistema primario, o, por
el contrario, ya no sean necesarios tantos socios y hectáreas. Con
estos indicadores, se debe de sopesar la conveniencia de asociar
espacios cinegéticos (cotos de caza).