Cabe predecir, a tenor de lo que se conoce, que tal y como se puede conceptuar la creación y
puesta en vigor, como elemento de innovación en la normativa de caza, de esta
peculiar figura, a modo y formas de sucedáneo
traído por la administración, con el pretendido objetivo de sustituir en gran
medida la acción propia de unos profesionales del sector cinegético (reducir compensaciones y soldadas, pudiera ser el
motivo), quizás también, en detrimento de un
empleo estable y gradual, que
ejercen sus competencias en áreas medio-ambientales de tan significado catalogo
como son los terrenos de aprovechamiento cinegético de régimen especial
(Reservas y Cotos regionales).
Soy escéptico con un planteamiento singular que rompe
tendencias por considerar que no ha
lugar. Y, lo soy, por principio. Además,
se ha hecho, de forma torticera,
unilateralmente, al trágala, sin tener en cuenta a las partes que
pudieran estar afectadas. Ello, ha supuesto un serio “revolcón” de una
propuesta del Gobierno del Principado que, según se dice, carecía de soporte
legal. Algo que no se entiende, no haya sido tenido en cuenta, por la
correspondiente asesoría jurídica, si es que ha participado y tenido que ver, adscrita a la institución pública.
Creo, sin ambages, en
la necesaria presencia en nuestros cotos de este cuerpo de vigilancia: señalo a
los guardas de caza, en la medida que se requiera, cuestión esta que no es
menor, en la profesionalidad de su más que aceptable labor, siempre necesaria,
con las salvedades que pudieran darse (como en todas partes) en la defensa de
la naturaleza y especies silvestres. No creo en la utopía de cotos de caza
solamente sometidos a la eventualidad de las buenas intenciones que es indudable que haberlas,
hay, pero que no es suficiente. Nos encontraríamos siempre con el “libre albedrío” de una picaresca desaprensiva,
egocéntrica, que no entiende, ni quiere
entender de actitudes y comportamientos racionales para con el buen ejercicio
que la caza requiere.
Lo cierto es que, fundamentalmente, en los cotos regionales,
el ejercicio de la caza por los cazadores, no siempre viene acompañada
específicamente por estos profesionales en cuanto al transcurso de cacerías se refiere, a pesar de
una legislación que exige de facto de este requisito. No es una deficiencia
establecida el incumplimiento de la norma como consecuencia de una actitud que
se le pueda achacar a este personal. La
actividad que se ejerce en los cotos regionales es sinónimo de un gran
dinamismo; son muchas las modalidades en
este campo venatorio que se celebran, sobrepasando por jornada (los fines de
semana se caracterizan por una superior movilidad) la capacidad de control,
asistencia e información como servicio, para un eficaz desarrollo adecuado de
las distintas opciones en que los aficionados participan. Ello no quiere decir
que haya una disfunción que afecte y pudiera llegar a ser en alguna medida seriamente
perjudicial a la integridad y el buen fin de lo que acontece en las batidas y
en lo que afecte a la práctica y el seguimiento de la caza menor y para el
acotado en general.
Es posible que pueda darse esa presunción que, en la mayoría de los casos, no estaría
adaptada a una realidad tangible. Existe, en los días álgidos, en fechas de
mayor actividad, un trabajo sustancial, a
pesar de alguna dificultad (atender dos o tres cacerías) en que los guardas se ven inmersos, que
parece no se percibe, pero que se presume por cualquier interesado observador.
Eso es lo que he podido notar con suma frecuencia.
Los cotos regionales en nuestra comunidad tienen la extensión
que tienen, no varían, y, por el
contrario, las circunstancias
legislativas son cambiantes. El colectivo de guardas de caza, ha visto reducida
su participación, por cese en el empleo, en algunos cotos regionales,
desconozco si en las reservas se ha seguido esta tónica, merced a un cambio
posicional cuantitativo en función del número de hectáreas que abarque el coto
y que permita establecer y formar una plantilla de este cuerpo del Medio
Natural.
Verdaderamente no entiendo el porqué y para qué sirve el guía
de caza, cual es el montante de su utilidad (al respecto, tengo muchas dudas),
cuales sus competencias y que requisitos
debe cumplir para constituirse en una supuesta alternativa y desplazar en
ciertas funciones a la guardería del Medio Natural. No obstante, parece que,
tarde o temprano, si no hay contraposición legal que lo impida otra vez, el
Gobierno del Principado está resuelto a seguir en la conveniencia de instituir
y regular todo lo concerniente a esta nueva figura. Lo considero, dada su naturaleza,
un tema muy polémico (más en los cotos regionales que en las reservas),
contradictorio en sí mismo. Veremos….