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Blog de Caza
20 de Febrero, 2018    General

SOBRE EL TRATAMIENTO DE LOS SUBPRODUCTOS DERIVADOS DEL APROVECHAMIENTO DE ESPECIES CINEGÉTICAS.LEY DE SANIDAD ANIMAL.



El Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, ha dispuesto  a través de un decreto  la creación de la Ley de Sanidad Animal que entrará en vigor a partir del 1 de Julio del presente año, por el cual establece el procedimiento de recogida, transporte, uso y eliminación de los subproductos no destinados al consumo humano, entre los que se encuentran aquellos provenientes de especies cinegéticas abatidas por los cazadores, en las sucesivas cacerías que se han dado.

Justifica esta disposición la necesidad de proceder a cumplir con  lo dispuesto por la Unión Europea en materia de salubridad del medio ambiente, de forma especial en lo concerniente a los vertederos abiertos y los residuos que en los mismos se depositan. Una norma que a pesar de tener vigencia en España no se viene cumpliendo de facto, y, sí, es verdad que,  sobre ella,  se ha admitido una cierta permisibilidad con la intención de ir adaptándose por las partes implicadas, sin traumas,  a este tipo de medidas.  Parece que toca a su fin esta permisibilidad; se agota el tiempo de carencia; serán cerrados los vertederos,  y, ello puede significar, que para la temporada 2018/19, los cazadores asturianos tengamos la obligatoriedad ineludible de resolver un problema, del cual habíamos oído hablar, sin querer prestarle la debida atención.

 Deberemos ser consecuentes con la situación que se nos puede plantear como definitiva. En la actualidad, salvo en algunos casos, no hay nada previsto en las organizaciones gestoras asturianas de caza que facilite la evisceración y despiece de los animales cobrados, consecuencia de una acción de caza,  en las condiciones sanitarias que estable el protocolo para este tipo de actuaciones. No hay noticias que nos hagan saber, si las cosas seguirán igual durante un tiempo; si procederemos a eviscerar al animal abatido, tal y como lo venimos haciendo tradicionalmente, o por el contrario tendremos que atenernos sin demora  a lo ordenado por esta Ley, que tal parece que, ahora, va en serio. Castilla-León ya ha dado la voz de aviso, cifrando el próximo día 1/7/18, la fecha de inicio de este proceso.

De llevarse irremediablemente a cabo este tipo de ordenamiento, significaría un cambio sustancial en los usos costumbres que los cazadores venimos teniendo. Un incordio tener que trasladar a la pieza a un  lugar determinado, que podría ser una sala de despiece construida a tales efectos por la sociedad gestora o conjuntamente con otras, que les preste el mismo servicio;  realizar las labores exigidas; esperar a los resultados de su analítica, etc. Eso en cuanto a la parte que nos toca a los cazadores.

Pero aún a buen seguro, habrá más. En lo que afecta al costo que conllevará estas medidas sanitarias, será a costa del sufragio de las bases de asociados, que verían incrementarse sus cuotas. La parte interviniente sobre el cuerpo a tratar correrá a cargo de uno o varios profesionales del sector cárnico.  La figura de un Veterinario cobrará especial relieve por su intervencionismo. Todo ello ha de suponer un gasto adicional muy importante más que añadir al desembolso crematístico que ha supuesto hasta entonces,  el costo de  la jornada de caza.

Así las cosas, estaremos a la expectativa de lo que acontezca; pero siempre pensando en que más tarde o temprano nos veremos involucrados en la exigencia de  cumplir con  esta necesidad que dicta la directiva de la U.E. VEREMOS....

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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publicado por eduardobros a las 18:56 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
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